La formación permanente anual durante 2021, podrá realizarse en su totalidad, de forma no presencial.
Publicada el día 29 de septiembre la Orden INT/1019/2021, por la se adoptan medidas excepcionales en materia de formación permanente de los vigilantes de seguridad privada como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por COVID-19.
Durante el 2021, los cursos anuales de actualización o especialización para los vigilantes de seguridad a los que se refiere el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada, aprobada por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y el artículo 7 de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, podrán realizarse en su totalidad de forma no presencial.
Esta medida, de carácter excepcional, no es aplicable a la formación específica a la que se refiere el artículo 8 de la Orden INT/318/201
Se adjunta la Orden INT/1019/2021.1.